lunes, 28 de diciembre de 2009

Reclamación electrónica


Más de un centenar de empresas que desarrollan su actividad en Andalucía y pertenecen a sectores tan diversos como el inmobiliario, las telecomunicaciones, el motor, el comercio minorista, las agencias de viajes o los servicios básicos como luz y agua, entre otros, se ha adherido al Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones impulsado por la Junta. Las entidades que cuentan ya con este instrumento ofrecen a sus clientes la posibilidad de ejercer con rapidez y comodidad el derecho que tienen a reclamar en caso de disconformidad con los servicios que han recibido o la calidad de los productos que han adquirido.

Este sistema funciona a través de una aplicación informática que está disponible en el sitio web de la Consejería de Salud y permite a los usuarios presentar sus quejas en formato electrónico a través de internet, sin tener que desplazarse a ningún registro físico de la Junta.

A través del apartado Oficina Virtual de Consumo de la web de Salud se agilizan y simplifican los trámites, ofreciendo la posibilidad de presentar una queja o reclamación cómodamente, desde el propio hogar o desde cualquier punto con acceso a internet, ante una empresa adherida al Sistema de Hojas Electrónicas. Además, permite a los usuarios presentar una queja ante una empresa que no esté adherida, escaneando para ello la documentación pertinente.

Requisitos y funcionamiento

Para presentar una queja por vía telemática, los usuarios deben disponer de certificado electrónico reconocido o de sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad, y deben rellenar el correspondiente formulario que está disponible en la aplicación.

El Sistema de Hojas Electrónicas facilita instantáneamente el correspondiente acuse de recibo, que consiste en una hoja electrónica de quejas y reclamaciones, en la que se especifica la fecha y hora de presentación, y que tendrá valor probatorio del hecho de la presentación y del contenido de la documentación presentada.

Intercambio ágil de información

Además, una vez presentada la queja, el sistema remite un correo electrónico comunicándoselo a la empresa reclamada, para que ésta acceda a su contenido.
Igualmente, esta herramienta deposita en la dirección electrónica de la persona reclamante un correo indicándole el momento en que la parte reclamada accede al contenido de su queja.

Esta oficina virtual permite también al usuario remitir a la Administración toda la documentación sobre su queja en el caso de que no haya obtenido respuesta por parte de la entidad reclamada en el plazo de diez días hábiles, o bien cuando la respuesta ofrecida por la empresa no haya sido satisfactoria para el consumidor.

Con ello, la ciudadanía tiene la opción de poner en conocimiento de las autoridades de Consumo los hechos relativos a sus quejas sin necesidad de desplazarse a ningún registro físico de la Administración, lo que redunda en comodidad y agilidad para los consumidores en la tramitación de sus reclamaciones.

2 comentarios:

Chesana dijo...

Lo que cuentas en un principio está muy bien, y digo "en un principio" porque es mucha la gente que todavía no tiene Internet en casa, y mucha más la que sigue sin tener idea de lo que es "eso".

Pero se agradece la información, y sobre todo que algo se mueva en la Administración.

Abrazo.

Mafalda forever dijo...

Cierto Chesana...queda mucho por andar, de todas formas sí te puedo decir que hay un grupo de la población que se encuentra interesada en estas materias, de todas formas la economía familiar es muy importante, ya no solo es contar con un presupuesto para adquirir un ordenador, después vienen las cuotas para internet...No obstante yo tengo alumnos de 80 años que son una maravilla.